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Comunicado por Inventario Nacional de Glaciares de Argentina

Martes, 16 de octubre de 2018

En relación con el Inventario Nacional de Glaciares de Argentina, publicado el 15 de mayo de 2018, se hace presente lo siguiente:

  1. Se ha señalado que existiría una superposición de las zonas que dicho inventario incluye en territorio argentino, con partes del territorio chileno en toda la extensión de la frontera con Argentina, incluyendo sectores como Antofagasta, Río Puelo, Monte Tronador, entre otros.
  2. A este respecto, debe precisarse que, habiéndose revisado en forma cuidadosa y permanente, las publicaciones sobre la zona limítrofe, incluyendo aquélla que contiene glaciares, no se han constatado inconsistencias en la representación del territorio argentino y del territorio chileno en las zonas mencionadas. La comparación que puede haber reflejado la prensa, al superponer mapas argentinos y chilenos de diferentes escalas (1:100.000 y 1:50.000 respectivamente), produce distorsiones y conduce a percepciones erróneas.
  3. En relación a la zona de Campo de Hielo Sur, y la forma en que ésta es representada en el Inventario Nacional de Glaciares de Argentina, el Gobierno de Chile desea aclarar que, según se desprende de las fuentes de dicho Inventario, éste se ha basado en cartografía interna de argentina previa al “Acuerdo entre la República de Chile y la República Argentina para precisar el recorrido del límite desde el Monte Fitz Roy hasta el Cerro Daudet”, de 1998. En tal sentido, es inoponible a nuestro país y no constituye base de los trabajos conjuntos que ambos países hemos venido llevando a cabo en relación con el Acuerdo. Asimismo, y precisamente en atención a lo anterior, no pone en duda la validez y vigencia del Acuerdo de 1998.
  4. El Gobierno de Chile, de la manera diligente y responsable con la que actúa en estas materias, envió oportunamente, en el mes de junio, y conforme al procedimiento correspondiente, una Nota al Gobierno de Argentina sobre esta materia, recordando los elementos esenciales de la misma. Argentina ha transmitido que utiliza esta representación cartográfica mientras no se complete la cartografía oficial mixta, sobre la base del trabajo de la Comisión Mixta de Límites.
  5. Como se recordará, conforme al Acuerdo de 1998, la línea en la Sección A del mismo quedó completamente determinada, georreferenciada y representada en imagen satelital; correspondiendo trabajar en el trazado de la Sección B, a partir del punto B, mediante los instrumentos que aplica la Comisión Mixta Chilena-Argentina de Límites.  Para la demarcación en terreno de ambas Secciones, se dio el mandato a misma Comisión Mixta para la elaboración de una cartografía común, la que se encuentra en ejecución.
  6. Finalmente, el Gobierno de Chile desea destacar una vez más el excelente estado en que se encuentran las relaciones bilaterales, haciendo un llamado a abordar estos temas con altura de miras y responsabilidad, de parte de todos los actores.

Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado