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Ministro Muñoz acompaña a la Presidenta en la promulgación de la ley que moderniza a la Cancillería

Miércoles, 7 de marzo de 2018

El Ministro de Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz, acompañó hoy a la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, en la promulgación de la Ley N°21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores y que busca, entre otras cosas, permitir mayor agilidad en la gestión de la política exterior, integrar de mejor forma las distintas facetas de la cartera, e incluye propuestas para una mejor presencia y coordinación gubernamental en regiones en los temas de política exterior, así como cambios en sus estatutos de personal para dotarlos de mayor flexibilidad y eficiencia.

El Ministro, quien jugó un rol destacado en la tramitación de la normativa, calificó como la promulgación como un hecho muy importante.  "El haber conseguido una reforma de la Cancillería después de 27 años de esfuerzos fallidos, de muchos proyectos que se mandaron al Congreso y que nunca terminaron su tramitación, es un gran logro. Esto lo conseguimos porque dialogamos con todos los sectores involucrados, con los gremios, con los académicos, con los parlamentarios y también tuvimos la flexibilidad de cambiar algunas cosas para conseguir el consenso".

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Por su parte, la Mandataria destacó que “la Ley que hoy promulgamos constituye una propuesta de cambios sustantivos y progresivos que buscan enfrentar los desafíos del siglo XXI, implementando cambios en la estructura y funcionamiento de la Cancillería en las distintas facetas: políticas, económico-comerciales, de cooperación, de fronteras y las relativas a la Antártica”.

Entre los principales cambios que establece la normativa, la Jefa de Estado enfatizó que en su nueva estructura institucional, se acentúa una carrera meritocrática en el personal de la Cancillería, destacando los necesarios elementos de profesionalización, además de contemplar mecanismos de movilidad ascendente en la carrera del Servicio Exterior y de contar con más exigencias de ingreso al Servicio Exterior, cursos de perfeccionamiento y concursabilidad en los ascensos, entre otros.

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Con respecto a la organización de las unidades internas del Ministerio, la ley define la existencia de determinadas Direcciones, dejando que el resto sean definidas por un Reglamento, flexibilidad fundamental para hacer frente a los requerimientos cambiantes de las relaciones internacionales, dando respuesta a las exigencias del país y a las necesidades de la ciudadanía en general.

Asimismo, la ley estipula que al Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde coordinar e integrar a los distintos Ministerios y demás órganos de la Administración del Estado en todos los asuntos que inciden en la política exterior, incluyendo ámbitos como las relaciones económicas internacionales, la cooperación internacional, la promoción cultural, la vinculación y atención de los connacionales en el exterior, la seguridad y la paz internacional, considerando el rol de distintos actores de la sociedad civil, todo con el fin de generar un Sistema Nacional de Política Exterior. Para ello, se crea una Secretaría General de Política Exterior con las atribuciones necesarias para llevar a cabo tales coordinaciones.

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La normativa también crea la nueva Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales con el propósito de que el país pueda promover y gestionar adecuadamente su exitoso proceso de inserción en la economía mundial, mediante la transformación de la actual Direcon y el establecimiento de ProChile como un nuevo servicio público centralizado, sometido a la dependencia del Presidente de la República, a través de la Subsecretaría, y afecto al Sistema de Alta Dirección Pública.

La iniciativa también termina con la discriminación que afecta actualmente a las funcionarias del servicio exterior y del Ministerio, que no reciben asignación familiar por sus cónyuges cuando se encuentran destinadas en el exterior, en circunstancias que los funcionarios varones sí la reciben. Adicionalmente y reconociendo el estado civil de conviviente civil, se conceden al conviviente, entre otros, derecho a pasajes, fletes, asignación de establecimiento y pasaporte que hasta ahora estaban reservado sólo a los cónyuges.