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Chile se integra a la Coalición Internacional para la Igualdad Salarial

Lunes, 26 de agosto de 2024

Los ministerios del Trabajo y Previsión Social, y de Relaciones Exteriores, informan que la Coalición Internacional para la Igualdad Salarial (EPIC, por sus siglas en inglés), que está conformada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ONU Mujeres y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), aceptó la solicitud de Chile de ingresar a esa instancia, la que fue presentada en julio de este año.

En el marco de la 112ª Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, realizada en junio en Ginebra, Chile participó de un encuentro realizado por EPIC en la sede de la Misión de Canadá, país que actualmente la preside. Luego del análisis respectivo, el Gobierno decidió solicitar su participación en esta coalición que promueve la equidad salarial entre hombres y mujeres, la que fue aceptada hoy.

El canciller Alberto van Klaveren aseguró que “la adhesión de Chile a EPIC es una gran noticia, que reafirma nuestra apuesta por fortalecer instancias multilaterales que nos permiten trabajar en conjunto con nuestros socios internacionales para lograr nuestros objetivos, como lo es conseguir la igualdad de remuneraciones por un trabajo de igual valor, entre hombres y mujeres, lo que constituye también uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030”.

“Como Ministerio del Trabajo y Previsión Social manifestamos nuestro respaldo expreso a esta iniciativa, ya que avanzar en la igualdad de remuneración es un derecho con perspectiva de género que debemos promover”, detalló la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.

En Chile, la brecha salarial es de -23,3% para el promedio de remuneraciones, según la Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) de 2023, publicada la semana pasada por el Instituto Nacional de Estadísticas. 

La secretaria de Estado agregó que “las indicaciones que ingresamos a un proyecto de ley sobre equidad salarial que se tramita en el Congreso, apuntan, precisamente, en el sentido de promover la igualdad de remuneraciones para un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor. La eliminación de las brechas tiene incidencias sociales y económicas, como elevar la autonomía económica de la mujer; mejorar su participación en la familia y la comunidad, reducir el riesgo de que las mujeres y sus familias sigan en la pobreza o caigan en ella; eleva la competitividad de las empresas y contribuir al crecimiento. Comprometerse con la igualdad de remuneraciones es comprometerse con el trabajo decente y la justicia social”.

“No hay justicia social y económica sin justicia de género”, afirmo la ministra Jara.


¿Qué es EPIC?

EPIC es una coalición que está compuesta por OIT, ONU Mujeres y la OCDE, que tiene por objetivo contribuir a la Meta 8.5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el cual se centra en la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor.                   

La Coalición fue lanzada oficialmente en septiembre de 2017, durante la Asamblea General de las Naciones Unidas, en New York. En la actualidad son 61 los miembros, entre ellos los gobiernos de Alemania, Australia, Brasil, Canadá, Costa Rica, Estados Unidos, Egipto, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Panamá, Perú, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica, Suiza. También adhieren organizaciones sindicales, como la Confederación Internacional Sindical (CSI) y la Internacional de Servicios Públicos (PSI), y organizaciones de empleadores, como la Organización Internacional de Empleadores (IOE) y el Consejo de Empleadores de Canadá. Son asimismo parte de EPIC, una serie de Universidades del mundo. 

La adhesión de Chile significará que se sumará a los esfuerzos y el fomento de alianzas en el ámbito nacional, regional e internacional, con el objetivo de apoyar a los gobiernos, los empleadores y trabajadores y sus organizaciones en el logro de la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres y reducir la brecha salarial por motivo de género.

La adhesión a EPIC brindaría, además, acceso a experiencia comparada e intercambio de conocimiento con un enfoque interdisciplinario, con el fin de aunar visiones y objetivos entre las instancias nacionales competentes, con una visión de Estado de largo plazo.

Para suscribirse a la Coalición, los gobiernos deben cumplir al menos seis de 11 criterios relacionados con normativa internacional, tales como Convenios OIT y de Naciones Unidas. En el caso de Chile se cumplen, siete de ellos: 
1. Haber ratificado el Convenio 100 de la OIT, sobre Igualdad de Remuneración, o haber adoptado medidas verificables para ratificarlo. El instrumento internacional fue ratificado por Chile en 1971.

2. Haber adoptado legislación en conformidad con el Convenio 100. En este sentido, en Chile existe la Ley 20.348, sobre igualdad de remuneraciones. 

3. Haber ratificado la Convención de ONU sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. Chile lo ratificó en 1989. 

4. Haber adherido a la Recomendación de 2013 del Consejo de la OCDE sobre Igualdad de Género en Educación, Empleo y Emprendimiento y a la Remuneración. Chile adhiere a ambas recomendaciones. 

5. Aplicar medidas de control del cumplimiento de la legislación sobre igualdad de remuneración mediante inspecciones del trabajo u otro tipo de medidas efectivas, especialmente en el sector público, y mantener una conducta ejemplar a ese respecto. Al respecto, en nuestro país la Ley 20.348, sobre igualdad de remuneraciones, faculta a la Dirección del Trabajo (DT) para aplicar medidas de control del cumplimiento de la legislación. 

6. Haber recabado datos sobre los salarios desglosados por sexo. En cuanto a la materia, en nuestro país existen diversas fuentes, como los estudios y reportes del Instituto Nacional de Estadísticas (INE); 

7. Aplicar leyes, políticas o medidas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar o para aumentar el número de mujeres en las juntas directivas de las empresas. En este aspecto cabe resaltar que en enero de este año 2024, entró en vigencia la Ley de Conciliación vida personal, familiar y laboral.