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Aclaración sobre la inscripción de patrimonio documental en el registro regional del programa Memoria del Mundo de la UNESCO

Lunes, 16 de diciembre de 2024

Ante las recientes informaciones relacionadas con la inscripción de piezas documentales por parte de Perú, en el registro regional para América Latina y el Caribe del Programa Memoria del Mundo de la UNESCO, que se referiría a los orígenes del pisco, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile considera necesario aclarar lo siguiente:

Alcance de la inclusión en el registro de la pieza documental:

La inscripción de patrimonio documental en el registro regional para América Latina y el Caribe del Programa Memoria del Mundo es un procedimiento autónomo al Registro Internacional del Programa Memoria del Mundo, que se desarrolla a nivel de expertos regionales quienes participan en esta instancia a título personal y tiene como objetivo visibilizar la memoria documental latinoamericana y caribeña y promover su eventual inscripción en el Registro Internacional.

Por otra parte, se debe aclarar que la pieza documental inscrita por los expertos de Perú se refiere a documentos de finales del siglo XVI e inicios del siglo XVII que dan cuentan, por parte de escribanos de la época, sobre el desarrollo del cultivo de las viñas y el comercio entre puertos de la región y no se refiere en ningún caso a los orígenes del pisco, como señala el título de la inscripción realizada, lo que constituye una interpretación propia de la lectura del documento.

Es importante señalar que las guías operativas del Programa Memoria del Mundo destacan que la gestión de los registros de patrimonio documental se centran en la preservación y accesibilidad de las fuentes, no en su interpretación ni en la resolución de disputas históricas, lo que se aplica también a las inscripciones regionales.

Por lo tanto, la inscripción de una pieza documental tiene un carácter de fomento de la conservación de la memoria y no establece derechos de propiedad intelectual ni exclusividad comercial sobre denominaciones de origen u otros derechos relacionados.

La incorrecta utilización de los programas de UNESCO para buscar resolver disputas de carácter comercial o técnico entre los países va en el sentido contrario de la constitución de este organismo internacional.

Denominación de Origen Pisco:

La Denominación de Origen (DO) Pisco es reconocida internacionalmente a través de múltiples acuerdos comerciales, registros en el extranjero y decisiones judiciales que respaldan su protección.

Chile ha promovido una estrategia de coexistencia de denominaciones de origen homónimas como una solución práctica y respetuosa de las normas internacionales de propiedad intelectual. Este enfoque ha sido clave para garantizar el acceso de los productos chilenos a mercados internacionales, resguardando los derechos de sus productores y permitiendo que la calidad y tradición del pisco chileno sean reconocidas globalmente.

Compromiso del Gobierno con la industria pisquera chilena:

El Gobierno de Chile mantiene su apoyo permanente a la industria pisquera nacional y continúa trabajando para fortalecer su competitividad en mercados internacionales. Este compromiso incluye las acciones jurídicas, diplomáticas y comunicacionales necesarias para garantizar la defensa y promoción de la DO Pisco chilena.

El Ministerio de Relaciones Exteriores reafirma su compromiso con la protección de los intereses de la industria pisquera chilena y destaca que el registro de piezas documentales en cualquiera de los programas o listas de UNESCO no afecta la protección legal ni comercial de la DO Pisco chilena en mercados internacionales ni modifica los derechos exclusivos garantizados por tratados internacionales.