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Aprobada reforma que permite a Chile adherir a la Corte Penal Internacional
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Miércoles 20 de mayo de 2009

 

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El Subsecretario de la SEGPRES, Edgardo Riveros; el Ministro de la SEGPRES, José Antonio Viera Gallo; el Subsecretario de Relaciones Exteriores, Alberto Van Klaveren; y el Director Jurídico de la Cancillería, Claudio Troncoso, durante la sesión en que se aprobó la posibilidad de adherir al TPI o CPI.

Esta tarde quedó aprobada la reforma constitucional que permite la adhesión a la Corte Penal Internacional (CPI). Esto, luego que la Cámara de Diputados se pronunciara con 89 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención, materializando así un acuerdo entre el Oficialismo y la Alianza. (Ayer, el Senado había hecho lo propio).

 

Al finalizar la sesión, el Subsecretario de Relaciones Exteriores, Alberto Van Klaveren, mostró su satisfacción por la votación lograda. "Creemos que es una gran noticia para la política exterior de Chile. Este era un tema que ha estado pendiente desde hace mucho tiempo y lo más relevante es que esta reforma constitucional que va a habilitar nuestra participación en el Tribunal Penal Constitucional, ha sido aprobada por un amplio consenso".

 

Al mismo tiempo, destacó la importancia que ésta tiene para nuestro país. "Chile en esta materia se pone al día con respecto a América Latina, éramos uno de los pocos países que no participaba en el Tribunal Penal Internacional. Esto es significativo para los derechos humanos, pero también muy importante para la política exterior de Chile.

 

El Subsecretario de Relaciones Exteriores, valoró la determinación tomada a días de la visita que la Presidenta Michelle Bachelet realizará a La Haya, lugar al que podrá llegar con un mensaje muy positivo para la comunidad internacional.

 

En lo fundamental, el proyecto señala que "el Estado de Chile podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previsto en el tratado aprobado en la ciudad de Roma, el 17 de julio de 1998, por la conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de dicha Corte".

 

El texto agrega que al efectuar ese reconocimiento "Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación a la jurisdicción de la Corte. Esta última será subsidiaria a la primera en los términos previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".

 

Además de establecer la cooperación y asistencia entre las autoridades nacionales y la CPI, la enmienda constitucional señala que la jurisdicción de esta última "sólo podrá ejercerse respecto de los crímenes de su competencia cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma".

 

 

Texto de la reforma

 

"Artículo único.- Introdúcese la siguiente disposición transitoria VIGÉSIMOCUARTA, nueva, en la Constitución Política de la República:

 

"VIGÉSIMOCUARTA. El Estado de Chile podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previstos en el tratado aprobado en la ciudad de Roma, el 17 de julio de 1998, por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de dicha Corte.

 

"Al efectuar ese reconocimiento, Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación con la jurisdicción de la Corte. Esta última será subsidiaria de la primera, en los términos previstos en el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional.

 

"La cooperación y asistencia entre las autoridades nacionales competentes y la Corte Penal Internacional, así como los procedimientos judiciales y administrativos a que hubiere lugar, se sujetarán a lo que disponga la ley chilena.

 

"La jurisdicción de la Corte Penal Internacional, en los términos previstos en su Estatuto, sólo se podrá ejercer respecto de los crímenes de su competencia cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma".

 

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