Embarcación con equipamiento para estudio de Plataforma Continental. |
Con fecha 8 de mayo de 2009, Chile entregó en Nueva York, a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, creada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, su Informe Preliminar relativo a la Plataforma Continental ampliada del país.
El Informe Preliminar demuestra la potencialidad del país para su plataforma continental extendida en cinco áreas: costa afuera de Taitao, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez, Islas San Félix y San Ambrosio, Juan Fernández y Antártica. Por otra parte, la Información Preliminar hace referencia al estado de preparación que tiene el país en cuanto a la entrega de una presentación parcial y las fechas aproximadas previstas para concretarlo.
Este trabajo es fruto del Comité Nacional de la Plataforma Continental, creado en 2007, e integrado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Subsecretaría de Marina, el Estado Mayor General de la Armada, el Instituto Antártico Chileno, el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, el Servicio Nacional de Geología y Minería, la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Empresa Nacional de Petróleo. El Comité es presidido por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado y actúa como Secretaría el Servicio Hidrográfico y Oceanográfica de la Armada de Chile.
Con el fin de coordinar y requerir las asesorías profesionales y científicas necesarias para estructurar la búsqueda de evidencias y fundamentos para demostrar las posibilidades de Chile en su plataforma continental, el Comité Nacional conformó un Grupo Técnico compuesto por profesionales de las áreas de hidrografía, oceanografía, geología y geofísica, provenientes de las instituciones constituyentes del Comité Nacional, y la cooperación de las Universidades de Chile, Católica de Valparaíso, de Concepción, más el Instituto Antártico Chileno, a las que se sumó la colaboración de la Universidad Andrés Bello, profesionales que aportaron su capacidad de análisis respecto de los estudios y las investigaciones geológicas y geofísicas atinentes a la plataforma continental.
Chile ha enfrentado desafíos especiales para cumplir con las disposiciones del artículo 4 Anexo II de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, debido a sus características geográficas, las condiciones marítimas extremas de sus espacios marítimos y el alto nivel de exigencia científica y tecnológica que este trabajo conlleva.
Respecto del Territorio Antártico Chileno, nuestro país recuerda los principios y objetivos que comparten el Tratado Antártico y la Convención de las Naciones Unidas del Derecho del Mar y la importancia de que el Sistema Antártico y la Convención trabajen en armonía, asegurando de este modo la continuidad de la cooperación pacífica, la seguridad y la estabilidad en el área antártica.
Chile tiene en cuenta las circunstancias del área al sur de los 60° S y el estatus jurídico y político especial de la Antártica, conforme a las disposiciones del Tratado Antártico, incluido su artículo IV, y hace ver que pertenecen a la Antártica áreas de plataforma continental cuya extensión no ha sido aún definida. Depende de los Estados respectivos presentar información a la Comisión que no debería ser examinada por ella, por el momento, o hacer una presentación parcial que no incluya esas áreas de plataforma continental, para las cuales se podrá realizar una presentación en el futuro, sin perjuicio de las disposiciones respecto del período de 10 años establecidas por el artículo 4 del Anexo II de la Convención y la Decisión posterior en cuanto a su aplicación adoptada por la XI Reunión de los Estados Parte de la Convención.
La Comisión será debidamente informada sobre la opción adoptada por Chile en relación al Territorio Antártico Chileno.
Los estudios realizados y su continuidad proporcionarán al Estado chileno, elementos fundados para adoptar las mejores decisiones en materia de plataforma continental, a partir del cumplimiento de la prueba de pertenencia exigida por la Convención y el Reglamento de la Comisión. Asimismo, entregará una experiencia de alto nivel y dará formación a científicos y técnicos jóvenes que asumirán el compromiso de continuar con estas tareas en los años venideros.
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