Privilegios e Inmunidades (PRIVIN)
Subdirección de Privilegios e Inmunidades
La Subdirección de Privilegios e Inmunidades es un órgano dependiente de la Dirección General del Ceremonial y Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Esta Subdirección es la Unidad Técnica encargada de otorgar la acreditación, documentación y productos necesarios para el funcionamiento de las Misiones Diplomáticas, Consulados y Organismos Internacionales, facilitando la instalación y permanencia de dichas instituciones y de sus miembros. Asimismo, autoriza las visas de ingreso a Chile, cuando el titular de pasaporte diplomático, Oficial o de Servicio viaja a nuestro país en Comisión de Servicio
El procedimiento a seguir para la solicitud de las Visas antes enunciadas es el siguiente:
- Solicitud de la respectiva Embajada por medio de una Nota Verbal
- Pasaporte con una vigencia mínima de seis meses y con páginas suficientes para estampar la Visa y timbre de ingreso al país.
- Si ha sido invitado por alguna Institución, se debe acompañar la correspondiente invitación que justifique la petición.
- Indicar período de permanencia en el país.
Solicitudesde visas de turismo en pasaportes diplomáticos, oficiales o de servicio
El procedimiento a seguir en estos casos es el siguiente:
- Solicitud de la respectiva Embajada por medio de una Nota Verbal.
- Pasaporte con una vigencia mínima de seis meses y con páginas suficientes para estampar la Visa y timbre de ingreso al país
- Hacer el trámite de la Visa de Turismo por el Sistema SAC cobrando los valores que correspondan de acuerdo a los aranceles establecidos para ello.
- Estampar la Visa de Turismo en el respectivo Pasaporte.
La Subdirección está compuesta de tres departamentos: Acreditaciones, Liberaciones y Estudios.
1. Departamento de Acreditaciones: Primeramente es necesario precisar que la acreditación es el reconocimiento que se concede a las Instituciones anteriormente precitadas y a su personal, de acuerdo a las facultades que le confiere la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, los Acuerdos de Sede y/o Convenios bilaterales, que le permite aceptar o rechazar una determinada solicitud, circunstancias de la cual será oportunamente informada. Los funcionarios se asimilarán a las categorías y rangos establecidos, los que se detallarán más adelante, cuya base será la petición formal de la Embajada u Organismo Internacional que corresponda.
Las personas acreditadas y sus dependientes directos, tendrán para los efectos de permanencia en el territorio nacional, la calidad de Residente Oficial.
Todos los requerimientos deben ser presentados mediante Nota Verbal constituyéndose en la correspondencia oficial entre la Subdirección de Acreditaciones y Liberaciones (ACRELIB) y las Embajadas, Consulados y Organismos Internacionales.
Mediante este documento se informará sobre todas las situaciones que se relacionen con los funcionarios y sus dependientes, como por ejemplo: presentación para acreditación, ascensos, prórrogas de contrato, solicitudes de visa, tarjeta de identificación oficial y su revalidación, cambio de estado civil, nacimientos de hijos, cambio de domicilio, llegada y salida definitiva de dependientes, término de misión u otros que se estimen necesarios.
Para los efectos de acreditación, es necesario la presentación de la Nota Verbal, precisando la fecha de llegada al país e inicio de funciones, cargo y rango del funcionario titular, adjuntando en la ocasión, el pasaporte inherente al cargo con una vigencia mínima de un año, fotocopia del mismo, tarjeta de ingreso al país y el Formulario de Antecedentes Personales (FAP), con una fotografía reciente pegada en dicho formulario, sin número ni letras, más otra fotografía que será utilizada en la Tarjeta Identificación Oficial.
Para los Funcionarios de Organismos Internacionales, además deberá enviarse el Currículum resumido en español y copia de la resolución de nombramiento cuando no sean portadores de Laissez - Passer y/o contrato de trabajo, en los casos de Voluntarios, Becarios u otros se requerirá además un certificado original de la Institución donde ejerce funciones.
Respecto a las/los cónyuges que no sean titulares de pasaportes diplomáticos de servicio u oficial, cualquiera sea el cargo o rango del funcionario titular, deberán presentar una copia simple del Certificado de Matrimonio o Convivencia (cuando corresponda). En relación a los hijos de Residentes Oficiales entre 18 y 24 años, para hacer efectivo el reconocimiento y mantención de la calidad de Residente Oficial, es necesaria la presentación de un certificado emitido por la Universidad o Instituto reconocido por el Estado de Chile, en que conste su calidad de alumno regular.
Los mayores de la precitada edad podrán solicitar su permiso de residencia ante el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, para lo cual deberá requerir el certificado necesario ante esta Unidad técnica.
Categorías, rangos y cargos
Para efectos de acreditación, se asignan distintas categorías, rangos y cargos, según lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, Convenios de Sede y Acuerdos Bilaterales, y que implica distinguir las franquicias aduaneras de acuerdo al cargo que desempeñe el miembro de la Embajada y Organismo Internacional. Estos se detallan a continuación:
Categoría: AGENTE DIPLOMATICO | |
Rango: Jefe de Misión | Cargo: |
- Nuncio Apostólico | |
- Embajador Extraordinario Plenipotenciario | |
- Embajador Concurrente | |
- Encargado de Negocios |
Categoría: AGENTE DIPLOMATICO | |
Rango: Diplomático | Cargo: |
- Ministro Consejero | |
- Consejero | |
- Primer Secretario | |
- Segundo Secretario | |
- Tercer Secretario | |
- Agregados (en diferentes áreas) | |
-Agregado de las FF.AA. |
Categoría: PERSONAL INTERNACIONAL | |
Rango: **Diplomático | Cargo: |
- Representante | |
- Funcionario Internacional Superior | |
Rango: Experto | Cargo: |
- Funcionario Internacional | |
- Experto | |
- Experto Cooperación Técnica | |
- Experto Cooperación Educacional |
Categoría: PERSONAL ADMINISTRATIVO | |
Rango: Administrativo | Cargo: Funcionario Administrativo y Técnico. |
Categoría: PERSONAL DE SERVICIO | |
Rango: Sin Rango | Cargo: |
- Empleado Servicio de la Misión. | |
- Empleado Servicio Particular |
Categoría: PERSONAL EN MISIÓN | |
Rango: Sin Rango | Cargo: |
- Consultor | |
- Prácticante | |
- Voluntario | |
- Becario |
Categoría: FAMILIAR DEPENDIENTE | |
Rango: Sin Rango | Cargo: |
- Cónyuge | |
- Hijo(a) | |
- Hijo(a) Estudiante | |
- Padre | |
- Madre | |
- Otro debidamente calificado |
**ASIMILADO AL RANGO DE DIPLOMÁTICO SOLO PARA LOS EFECTOS DE LA CUOTA DE INSTALACIÓN
El Departamento de Acreditaciones informará mediante Nota Verbal a las Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales, las fechas de acreditación, como asimismo de la toma de conocimiento de la información que le ha sido comunicada sobre los funcionarios acreditados. Además, emitirá los Certificados que les sean solicitados para ser presentados en entidades bancarias.
2. Departamento de Liberaciones
Para Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales y sus funcionarios
La liberación es aquel procedimiento que permite la internación de efectos personales, menaje de casa y vehículos motorizados, para facilitar el establecimiento de Embajadas u Organismos Internacionales, como asimismo de sus funcionarios acreditados, gestión que estará basada en el Arancel Aduanero que corresponda aplicar en cada ocasión.
Es propicio destacar que el principio de reciprocidad será un factor considerado para autorizar o rechazar las solicitudes presentadas sobre el particular.
Para impetrar uno de estos beneficios, es necesaria la siguiente tramitación: Mediante Nota Verbal enviada por la Embajada u Organismo Internacional, requerir la liberación de los enseres adjuntando el formulario pertinente, la documentación y una lista en la cual se especifiquen cada una de las especies a internar.
En el caso de vehículos motorizados, debe realizar la Solicitud de Asentimiento Previo, la que determinará el cupo con que cuenta el interesado, luego mediante Nota Verbal la Embajada u Organismo internacional podrá presentar el Formulario de Liberación. El valor deberá ser razonable y el vehículo debe ser nuevo (año calendario) no será aceptable pedir una internación por la totalidad de la cuota de instalación, se reitera tener presente que no dará curso a las liberaciones cuyo almacén particular este vencido, para lo cual es necesario enviar a lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación.
Los formularios a completar, serán asignados de acuerdo a la siguiente distribución:
- Blanco: Misiones Diplomáticas
- Verde : Organismos Internacionales
- Rosado: Agentes Diplomáticos y Personal Internacional Superior
- Amarillo: Administrativos y Técnicos
- Celeste: Expertos y Funcionarios Internacionales
Para los efectos administrativos, se han designado dos tipos de cupos, los que serán denominados "cuotas", y que obedecen a la siguiente descripción:
Cuota de Instalación: se otorga para facilitar el establecimiento de las instituciones, como asimismo de sus miembros y dependientes directos, la que debe ser utilizada dentro de los primeros doce meses de la fecha de acreditación. Considera menaje de casa, efectos personales y vehículo motorizado.
Cuota Anual: es una franquicia aduanera que se otorgará posterior a la cuota de instalación, para el ingreso de determinados elementos nuevos. La cantidad permitida para el ingreso de estos artículos, dependerá de la reciprocidad y el rango del funcionario acreditado.
Para la celebración del Día Nacional de cada país, será posible la internación de una cuota razonable de licores y comestibles, en base al principio de reciprocidad.
Los valores de las franquicias están dados de la siguiente forma:
Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores
Este Departamento también atiende los requerimientos de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que regresan al país luego de prestar servicios en las Misiones de Chile en el exterior, y que le es aplicable la Partida 00.04 del Arancel Aduanero. Se encuentra a disposición de los funcionarios el documento denominado "Manual del Destinado" en la Intranet de esta Secretaría de Estado.
Deberán tener presente que el plazo para impetrar esta partida es de sesenta (60) días a partir de la fecha de adscripción.
3. Departamento de Estudios
Este departamento es el encargado de realizar el exhaustivo estudio de las normas vigentes y aplicables en las acreditaciones, franquicias y privilegios que otorga el Gobierno de Chile a los Estados y Organismos Internacionales tanto residentes como Concurrentes. Asimismo, resolverá las situaciones especiales que se presenten.
La Subdirección de Acreditaciones y Liberaciones otorgará de acuerdo a lo que corresponda, los productos que sean solicitados oficialmente mediante Nota Verbal, los cuales se detallan a continuación:
- Visa Diplomática u Oficial pertinente, por un período no superior a dos años.
- Tarjeta Identificación Oficial con Rut.
- Certificado para obtener Cédula Identidad Extranjeros.
- Certificado para los hijos dependientes mayores de edad, para obtener nueva residencia en el Ministerio del Interior.
- Certificado de Término de Misión Oficial.
- Certificado de autorización para ejercer Actividades Remuneradas, en virtud a Convenios que permitan ese beneficio.
- Solicitud de Asentimiento Previo.
- Placa de Gracia (patente) para vehículos motorizados.
- Padrón para vehículos motorizados.
- Sellos distintivos para la circulación de vehículos motorizados.
- Certificado de mantención para vehículos motorizados (sólo se otorga al cese de funciones).
- Certificado de exportación para vehículos motorizados.
- Certificados de circulación para vehículos motorizados adquiridos en plaza.
- Admisiones Temporales para vehículos motorizados.
- Salidas Temporales para vehículos motorizados.
Todo lo anteriormente expuesto, se refiere sucintamente a las funciones de la Subdirección de Acreditaciones y Liberaciones, precisando los procedimientos necesarios para la acreditación, privilegios y franquicias que el Gobierno de Chile, en su calidad de Estado receptor, otorga tanto a las Misiones Diplomáticas, Consulados, Organismos Internacionales como asimismo a sus miembros y dependientes directos.
Manual para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que regresan a su destinación
Desde aquí usted podrá disponer del Manual para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que regresan de su destinación. (formato Adobe Acrobat - pdf - 72 kb)
Formulario de Antecedentes Personales
- Para poder visualizar los archivos debe tener Adobe Acrobat, si no lo tiene puede descargar el visualizador desde este vínculo: Descargar Adobe Reader Para la impresión de los documentos
- Al momento de imprimir el Formulario de Antecedentes Personales (FAP), se debe configurar el tamaño del papel, la dimensión adecuada es 216 Mm. x 330 Mm., que corresponde al tamaño de hoja oficio chilena, de esta manera los formularios se imprimirán correctamente para su posterior presentación.
Circulares vigentes
Circulares actualmente vigentes que cuenta la Subdirección de Privilegios e Inmunidades.
- Privilegios de los Funcionarios Acreditados
- Inmunidades de las personas dependientes de los Funcionarios Acreditados.
- Circulares 203 y 326
Manual para Visas Diplomáticas y Oficiales
Adjuntos
- Circular nuevos Formularios de Antecedentes Personales (FAP)
- FAP Miembros de Misiones Diplomáticas
- FAP Miembro de Organismos Internacionales
- FAP Experto de Cooperación
- FAP Becarios, Voluntarios, Alumnos en práctica
- FAP Dependiente Directo
- FAP Empleado Particular Extranjero
- Circular 217 del 2016
- Declaración Jurada para Empleados de Servicio Particular
- Circular 22 del 2018