La Unidad de AuditorÃa Interna -UAI- fue creada por resolución Exenta Nº2.065, de 16 de diciembre del 2002 y modificada por Resolución Exenta N°1.555, del 31 de julio del 2008, con la misión de prestar asesorÃa técnica especializada en materia de auditorÃa y control interno al Subsecretario de Relaciones Exteriores, de quien depende directamente.
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- Elaboración de Informe de Diagnóstico sobre las áreas de Riesgo, insumo fundamental para la formulación de la propuesta del Plan Anual de AuditorÃa en Base a Riesgos, que debe ser sometido a la aprobación por parte del Sr. Subsecretario de Relaciones Exteriores, incorporando los Objetivos de AuditorÃa Gubernamental, Ministerial e Institucional.
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- 2. Ejecución del Plan Anual de AuditorÃa aprobado por el Sr. Subsecretario de Relaciones Exteriores, generando reportes mensuales acerca del estado de avance en su ejecución.
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- Seguimiento y control de la implementación de las recomendaciones emanadas de los informes de auditorÃa que hayan sido aprobadas por el Sr. Subsecretario, de acuerdo a un programa de implementación que debe contar con el compromiso del área auditada.
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Para dar debido cumplimiento a sus obligaciones, la base metodológica del trabajo de la UAI está concebida a partir de las orientaciones contenidas en los documentos técnicos emitidos por el Consejo de AuditorÃa Interna General de Gobierno (CAIGG).
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Conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N°1.555, del 31.07.2008, el ámbito de acción de la UAI comprende la totalidad de la organización. Las jefaturas y funcionarios de toda la SubsecretarÃa deben prestar la colaboración necesaria, cuando les sea solicitada por la UAI:
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Con vista a desarrollar la cultura de control interno en el aparato estatal, el Ejecutivo dispuso, en el marco de la implementación de la Ley Nº19.553, la creación y desarrollo de las Unidades de AuditorÃa Interna y la inclusión de su funcionamiento de acuerdos a los estándares y exigencias contempladas para los Programas de Mejoramiento de la Gestión de cada entidad.
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De conformidad a lo anterior, durante el año 2008 la UAI está cumpliendo la etapa VI de los requisitos técnicos y medios de verificación que define cada año la Dirección de Presupuesto DIPRES, para los servicios adscritos al programa.
En este contexto, el trabajo desarrollado durante el presente año por la UAI, ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas para acceder a la Certificación de Calidad, conforme a la Norma ISO 9001:2000.
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- Según Resolución Exenta Nº1.555, de 31.07.2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores:
a). Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional, y efectuar recomendaciones para su mejoramiento;
b). Evaluar el grado de economÃa, eficiencia, eficacia y equidad con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales de la SubsecretarÃa;
c). Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la Organización;
d). Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, su confiabilidad y oportunidad;
e). Elaborar y proponer al Subsecretario para su aprobación, el Plan Anual de AuditorÃa de la Institución;
f). Promover la coherencia de las polÃticas y actividades de la UAI del servicio, con aquellas emanadas de la autoridad Presidencial, las orientaciones dadas por el C.A.I.G.G. y respecto de otros organismos del Estado;
g). Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas, emanadas de los informes de auditorÃa, aprobadas por la autoridad;
h). Participar obligatoriamente en el Comité de AuditorÃa Ministerial, a través del Jefe de la Unidad o su representante.
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- Según Resolución Exenta N°1.195, de fecha 04.06.2008, que modifica la Resolución Exenta N°1.480, de fecha 26.07.2007, que aprobó la PolÃtica de Gestión de Riesgos para la SubsecretarÃa de Relaciones Exteriores.
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i) Asumir el rol de Aseguramiento a la Alta Dirección sobre la efectividad del Proceso de la Gestión de Riesgos de la SubsecretarÃa de Relaciones Exteriores.
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- Según instrucciones sobre ejecución presupuestaria impartidas anualmente por el Ministerio de Hacienda.
j) Verificar la información relativa a la formulación, ejecución y control del presupuesto organizacional.
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- Según Ley N°19.882, sobre Nuevo Trato Laboral y Ley N°19.999.
k) Colaborar con el Auditor Ministerial en la verificación del cumplimiento de compromisos de desempeño y metas por equipos de trabajo;
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- Según Art. 18° de la Ley N°10.336, Orgánica de la ContralorÃa General de la República.
l) Hacer seguimiento al cumplimiento de las observaciones de ContralorÃa General en sus informes de auditorÃa e inspección;
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- Según Art. 63° de la Ley N°19.653, sobre Probidad Administrativa.
m) Velar por la observancia del principio de probidad administrativa;
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- Según Circular N°1.833, de fecha 30.08.2002, de la Superintendencia de Seguridad Social.
n) Emitir certificado de visación de los estados financieros del Departamento de Bienestar, incluyendo al menos:
- Constancia que los saldos de las cuentas del activo-pasivo y de resultados emanan de los resultados del libro mayor, llevados de conformidad con normas de ContralorÃa General y principios aceptados por el Colegio de Contadores.
- Que todas las cuentas patrimoniales están debidamente demostradas o analizadas en la composición de las partidas que constituyen sus saldos a nivel del libro mayor, esto es, conciliaciones bancarias, nómina de deudores y acreedores, etc.
- Que se han efectuado los arqueos, recuentos, etc. que confirmen la efectiva existencia de los bienes, derechos y obligaciones de los rubros mostrados en el balance.
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