Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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Ministerio de Relaciones Exteriores (Ministro : Heraldo Muñoz Valenzuela) | El Ministro de Relaciones Exteriores es el Jefe Superior del Ministerio y el colaborador inmediato del Presidente de la República en el ejercicio de las atribuciones conferidas a éste por la Constitución Política del Estado para la dirección, conducción y mantenimiento de las relaciones internacionales del país | Ley Orgánica Constitucional, Art. 3º | ver enlace | 10/02/2005 |
Subsecretarïa de Relaciones Exteriores (Subsecretario : Edgardo Riveros Marín) | El Subsecretario de Relaciones Exteriores es colaborador inmediato del Ministro, tendrá la responsabilidad especial de la administración y servicio interno del Ministerio y el cumplimiento de las demás funciones que en materias de su competencia le encomiende la ley y el Ministro | Ley Orgánica Constitucional, Art. 8º | ver enlace | 10/02/2005 |
Consejo de Politica Exterior | El Consejo de Política Exterior es un organismo consultivo de carácter permanente, que tiene por función formular recomendaciones respecto de los problemas relativos a las relaciones internacionales que someta a su consideración el Ministro de Relaciones Exteriores | Ley Orgánica Constitucional, Art. 11º | ver enlace | Sin modificaciones |
Consejo de Política Antártica | El Consejo de Política Antártica es el organismo que tiene por función determinar las bases políticas, científicas, económicas y jurídica de la acción nacional en el Territorio Antártico Chileno | Ley Orgánica Constitucional, Art. 13º | ver enlace | Sin modificaciones |
Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales | La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales es un organismo técnico del Ministerio de Relaciones Exteriores, dependiente del Subsecretario, cuya misión es asesorar al Ministerio en materias económicas internacionales y ejecutar la acción económica exterior. Este organismo se regirá por su ley y reglamento | Ley Orgánica Constitucional, Art. 16º | ver enlace | Sin modificaciones |
Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado | La Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado es un organismo Técnico del Ministerio de Relaciones Exteriores, dependiente del Ministro, cuya misión es asesorar al Gobierno e intervenir en todo lo que se refiere a los límites internacionales de Chile y sus Fronteras. Este organismo se regirá por su ley y reglamento | Ley Orgánica Constitucional, Art. 17º | ver enlace | Sin modificaciones |
Instituto Antártico de Chile | El Instituto Antártico de Chile es un Organismo Técnico del Ministerio de Relaciones Exteriores, dependiente del Ministro, encargado de planificar y coordinar las actividades científicas y tecnológicas que organismos del Estado y del sector privado, debidamente autorizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, lleven a cabo en el Territorio Antártico Chileno. Le corresponderá, asimismo, coordinar la participación de Chile en las actividades científicas internacionales que se realicen en la Antártica, en virtud de lo dispuesto en el Tratado Antártico de 1° de diciembre de 1959. Este organismo se regirá por su Ley y Reglamento | Ley Orgánica Constitucional, Art. 18º | ver enlace | Sin modificaciones |
Dirección de Planificación | La Dirección de Planificación es un organismo asesor, dependiente del Subsecretario de Relaciones Exteriores, cuya misión es proponer la política exterior del país y formular planes de acción y las directivas correspondientes. Le corresponderá, además, analizar y evaluar permanentemente la situación internacional y los resultados de la aplicación de los planes de acción adoptados y reunir todos los antecedentes que incidan o puedan incidir en las decisiones sobre política exterior | Ley Orgánica Constitucional, Art. 19º | ver enlace | 10/02/2005 |
Dirección de Asuntos Juridicos | A la Dirección de Asuntos Jurídicos corresponde la elaboración de informes sobre materias que competen al Ministerio de Relaciones Exteriores, tanto en Derecho Internacional como en Derecho Interno. Atenderá, además, las consultas que sobre aspectos jurídico-administrativos le formulen las autoridades del Ministerio | Ley Orgánica Constitucional, Art. 23º | ver enlace | 10/02/2005 |
Dirección General del Ceremonial y Protocolo | A la Dirección de Protocolo corresponde atender el ceremonial y protocolo de la Presidencia de la República, del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Cuerpo Diplomático acreditado en el país | Ley Orgánica Constitucional, Art. 24º | ver enlace | 10/02/2005 |
Director General de Política Exterior | A la Dirección de Política Exterior le corresponden las funciones de estudio, coordinación, ejecución, control e información de las actividades diplomáticas de Chile en el Exterior, de carácter político, que deben realizar las misiones Diplomáticas de acuerdo con las directivas correspondientes. Asimismo, colaborará con el Ministro y el Subsecretario en las relaciones con las Misiones Diplomáticas extranjeras y organismos internacionales acreditados en el país | Ley Orgánica Constitucional, Art. 26º | ver enlace | 10/02/2005 |
Dirección General Administrativa | A la Dirección General Administrativa, le corresponde colaborar con el Subsecretario de Relaciones Exteriores, de quien depende directamente, en la obtención, administración, distribución y control de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de las funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Le compete también supervisar e inspeccionar el funcionamiento administrativo de las Misiones Diplomáticas, Consulares y Técnico-Administrativas de Chile en el exterior | Ley Orgánica Constitucional, Art. 34º | ver enlace | 10/02/2005 |
Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración | A la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración le compete el estudio, diseño, proposición, coordinación y ejecución de la política consular de Chile y asegurar el adecuado servicio y representación consular en el exterior y en el país. Le corresponderá, además, intervenir en la acreditación y atención de los cónsules extranjeros destinados a servir en Chile, ocuparse de la protección y defensa de los derechos e intereses de los chilenos en el exterior y prestarles auxilio de acuerdo con la reglamentación vigente, colaborar con las políticas de inmigración en concordancia con los intereses nacionales y ejecutar los actos que en materia de inmigración le encomienden las leyes | Ley Orgánica Constitucional, Art. 44º | ver enlace | 10/02/2005 |
Academia Diplomática de Chile | La Academia Diplomática de Chile "Andrés Bello" es la encargada de seleccionar a las personas que postulen al Servicio Exterior de la República y de formar y perfeccionar a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Es, además, un Centro de Estudios Diplomáticos para la Administración Civil del Estado y las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros | Ley Orgánica Constitucional, Art. 47º | ver enlace | 10/02/2005 |
Misiones Diplomáticas y de las Representaciones Consulares de Chile en el exterior | Las Misiones Diplomáticas y las Representaciones Consulares de Chile son los órganos de representación de la Nación en los países en que estén acreditadas, cuya función es aplicar la política exterior del país en lo político, diplomático, consular, económico, financiero, comercial, social, cultural, científico, técnico y de información | Ley Orgánica Constitucional, Art. 48º | ver enlace | 10/02/2005 |