Las OIRS son espacios de atención ciudadana que permiten a las personas, presentar sus consultas, reclamos, sugerencias y felicitaciones respecto de los servicios y trámites que requieren de la Administración Pública.
Las OIRS son creadas por el Decreto Supremo N° 680, de 1990, del Ministerio del Interior, que aprobó instrucciones para el establecimiento de Oficinas de Información para el público usuario en la Administración del Estado, y que en su artículo 1°, dispone la obligación para los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y los demás servicios públicos a que se refiere el inciso primero del artículo 18 de la Ley N° 18.575 y las empresas públicas creadas por ley -lo que incluye a esta Subsecretaría de Relaciones Exteriores- de establecer oficinas de información para el público usuario en aquellas unidades que deben atenderlo, con el fin de asistir al administrado en su derecho a presentar peticiones; sugerencias o reclamos ante la Administración del Estado, a través de las OIRS.
La gestión de las OIRS es regulada por la Ley Nº 19.880 de Procedimientos Administrativos.
Sus funciones principales:
- Recibir, responder y/o derivar consultas sobre los trámites y servicios que se entregan.
- Recibir, responder y/o derivar reclamos, en donde los ciudadanos expresan su insatisfacción, respecto de los trámites y servicios.
- Recibir, responder y/o derivar sugerencias, a fin de mejorar el funcionamiento y/o calidad de los trámites y servicios que se entregan.
- Recibir, responder y/o derivar felicitaciones, para que los ciudadanos puedan expresar su satisfacción respecto de los trámites y servicios.
- Establecer coordinación al interior de la institución, con aquellas áreas, relacionadas con los trámites y servicios, como con otros servicios públicos.
Deben informar principalmente de:
- Servicios que presta cada repartición.
- Requisitos para obtener la prestación.
- Formalidades para el acceso.
- Plazos para la tramitación de la prestación.
- Personas responsables de los procedimientos.
- Documentación y antecedentes que deben acompañar la solicitud.
- Procedimientos para la tramitación.
Para su funcionamiento, deben contar con modalidad de atención presencial, telefónica y web.
La OIRS de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores son:
1. Atención web: en www.minrel.gob.cl. Atención Ciudadana: https://subrel.cerofilas.gob.cl/
2. Atención presencial: Agustinas 1320, primer piso, Santiago. De lunes a viernes de 09:00 a 12:00 horas.
3. Atención telefónica: Fono: 800 364 600 de lunes a jueves de 10:00 a 16:00 hrs. y viernes de 10:00 a 14:00 hrs.