Política Exterior
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Preguntas Frecuentes
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Chilenos


1.-¿Qué debo hacer para localizar a una persona en el exterior?

En el exterior: dirigirse al Consulado de Chile respectivo.
En Chile: Departamento de Servicio Social Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en Agustinas 1320, piso 1. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Teléfonos: (56-2) 2 827 4620 - 4628 - 4629
Fax: 2827 - 4457

Ir a localización Internacional de familiares

 
2.-¿Dónde puedo averiguar si necesito visa para ingresar a un país en particular?

Los Consulados extranjeros acreditados en Chile, son los que tramitan las visas de los chilenos que desean viajar al exterior, por tanto, los requisitos que estos establecen debe usted consultarlos directamente en el Consulado respectivo del país que desee visitar.



3.-¿Qué procedimientos debo realizar para conseguir visa sujeta a contrato a un extranjero?

• Debe presentar los documentos requeridos ante el Consulado de Chile de su país.
• Carta solicitud dirigida al Director de Política Consular y de Inmigración.
• Contrato de trabajo firmado ante Notario por el empleador
• Curriculum Vitae del solicitante extranjero.
• Extracto de la escritura de la Sociedad o Empresa contratante
• Declaración de impuesto de lo tres últimos meses.
• Fotocopia planillas imposiciones (tres últimos meses)


4.-¿Qué trámites debo hacer en aduana cuando regreso al país?

Por favor dirigirse a Dirección General, en Temas de Interés encontrará las Normas de Aduana para chilenos que regresan a Chile.


También puede dirigirse a las páginas Web:
www.aduana.gob.cl ó www.chileclic.gob.cl


5.-¿Puedo obtener una Pensión o beneficio previsional por mis cotizaciones efectuadas en el extranjero?

 

Para saber si sus cotizaciones efectuadas en el extranjero le dan derecho a una Pensión o Beneficio Previsional Autónomo de acuerdo a la legislación de ese país, Ud., debe presentarse en las Oficinas del Departamento de Previsión Social, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Teatinos 180, primer piso, 09:30 a 13:30 hrs. con el objeto de solicitar se Consulte al Organismo Previsional extranjero que corresponda, si sus cotizaciones efectuadas le dan derecho a obtener un beneficio autónomo en ese país.

 

Usted debe presentar los siguientes documentos:

  • Comprobante que certifique el empleador y tiempo trabajado en el extranjero.
  • Documento de identidad Chileno y extranjero.
  • Otros documentos que certifiquen imposiciones efectuadas o vínculo laboral en ese país.

 

Eventualmente, si Ud. tuviera derechos previsionales en el país extranjero, Ud., podría solicitar en el Departamento de Previsión Social, la gestión de dicho beneficio, siempre y cuando por su parte, Ud., entregue todos los requisitos establecidos para dichos efectos.

 

Departamento de Previsión Social - Teléfono: 2 827 4990

 

Por otra parte, si Ud., no tuviera derecho a Pensión Autónoma y existiera Convenio de Seguridad Social con ese país, Ud., podría postular a Pensión de Acuerdo a Convenio de Seguridad Social, para lo cual deberá concurrir al Organismo de Enlace (Superintendencia de Pensiones) y solicitar la gestión de su eventual beneficio previsional.



6.-¿Qué trámites debo realizar para conseguir visa para trabajar en el extranjero?.


Tiene que preguntar en el Consulado de ese país en Chile cuáles son los requisitos y /o documentos que debe presentar para obtener una visa de trabajo.


7.-¿Dónde puedo hacer los trámites para sacar pasaporte?.

Los requisitos y trámites se encuentran en la siguiente página web del registro civil de identificación. Para ver la información presione aquí
link a www.registrocivil.cl/registro/


8.-¿Cómo puedo obtener ayuda económica del cónyuge que reside en el extranjero?

Debe dirigirse personalmente al Departamento de Acción Social ubicado en Agustinas 1320, primer piso, el horario de atención de público es de 09:00 a 12:00 hrs.
Teléfonos: (56 - 2) 2 8274620 - 4628 - 4629
Fax:  2 827 4457


Contáctenos

9.-¿Qué procedimientos hay que seguir para repatriar los restos de un familiar fallecido en el extranjero?

Debe dirigirse personalmente al Departamento de Acción Social ubicado en Agustinas 1320, primer piso, el horario de atención de público es de 09:00 a 12:00 hrs.
Teléfonos: (56 - 2) 2 8274620 - 4628 - 4629
Fax:  2 827  4457


Contáctenos

10.-¿Soy Chileno y me pensioné en el extranjero, pero dejé de percibir mi pensión sin conocer las causas?

 

Para solicitar orientación e intermediación en la clarificación y eventual solución de este problema, Usted debe presentarse en las Oficinas del Departamento de Previsión Social, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Teatinos 180, primer piso, 09:30 a 13:30 hrs. con el objeto de de ser orientado e informado respecto de las alternativas de apoyo Consular en la Materia, aportando copia de la última liquidación de pago de su pensión extranjera y cédula de identidad chilena y extranjera.

 


11.-¿Con que países posee Chile Convenios de Seguridad Social suscritos y vigentes?

 

Chile actualmente posee 24 Convenios de Seguridad Social suscritos y vigentes. Para conocer en detalle cada uno de éstos, sus normativas y textos particulares, visite el sitio asociado al siguiente enlace:

 

 

12.-Para las legalizaciones de documentos, ¿Chile  se encuentra entre los países suscritos en la  "Apostilla de la Haya"?.

 

Apostilla de la Haya


Chile no ha suscrito aún la Convención de La Haya sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, 1961 (Apostilla de La Haya).


Por tanto, los documentos chilenos, para ser presentados en el exterior, deben ser legalizados por la autoridad nacional competente, luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores y, finalmente, por el respectivo consulado extranjero.


A su vez, los documentos extranjeros, para ser presentados en nuestro país, deben ser legalizados primero por la autoridad local competente y luego por el respectivo Consulado de Chile.

 

 

 

 

Chilenos en el exterior



1.- ¿Qué trámites debo realizar para cambiar mi pasaporte?

Debe dirigirse al Consulado de Chile más cercano a su lugar de residencia ( Representaciones Ministerio RR.EE.).

 

Los requisitos son:

Presentar el pasaporte anterior (que queda en poder del Consulado y se anula) o, en caso de pérdida de este, cédula de identidad chilena.

 

2 o 4 fotos tamaño pasaporte (4,5 x 4,5 cm.), en blanco y negro o color y con fondo blanco (las fotografias son necesarias en aquellos Consulados donde no existe una máquina de lectura mecánica de datos). El interesado debe ubicarse de frente a la cámara.

 

Los pasaportes tienen una validez de 5 (cinco) años.


La renovación de pasaporte puede ser menor de 5 años


En caso de no poseer identificación chilena alguna, es obligación del Consulado tomar las huellas dactilares de ambas manos con el fin de enviar la información a Chile y solicitar la identificación del solicitante.


Los menores de 18 años que soliciten pasaporte deberán poseer autorización del padre, madre o tutor.


Este trámite tiene un costo que debe consultar en el Consulado donde realice el trámite


Importante:


Actualmente los pasaportes son emitidos por medio del sistema de Captura de Datos de Lectura Mecánica del Registro Civil, por ello el costo y el tiempo de entrega es variable, ya que son despachados desde Santiago a los Consulados.


2.- ¿Qué debo hacer para que un matrimonio celebrado en el extranjero tenga validez legal en Chile?.

Debe presentarse en el Consulado Chileno del país en donde se celebró el matrimonio y cumplir los siguientes requisitos y presentar los documentos que se detallan a continuación:
• Por lo menos uno de los cónyuges debe ser chileno.


• Presentar certificado original e internacional de matrimonio otorgado por las autoridades locales competentes, debidamente sellados y firmados.


• Al momento de la inscripción se debe optar por el régimen patrimonial: sociedad conyugal, participación de los gananciales o separación total de bienes.


En el caso de optar por el régimen de participación de gananciales, los cónyuges deben efectuar un inventario simple de los bienes que componen sus patrimonios originarios.


• Ambos cónyuges tienen que comparecer en el Consulado y presentar sus documentos de identidad o pasaportes.

NOTA: Los Consulados de Chile no están habilitados para celebrar matrimonios, sólo pueden inscribir aquellos que se celebran en el extranjero y siempre que uno de los contrayentes sea de nacionalidad chilena.

 


3. Estoy en el extranjero y mi marido era jubilado en Chile y falleció, ¿tengo derecho a pensión de viudez y otros beneficios?


Sí. Su consulta y antecedentes previsionales deben ser presentados ante el Consúl de Chile más cercano a su domicilio, con el objeto de que sean remitidos al Departamento de Previsión, del Mnisterio de Relaciones Exteriores, para su posterior evaluación y consulta de informe previsional al organismo pertinente (INP).

 

4. Estoy en e extranjero y tengo imposiciones en Chile ¿Aquellas imposiciones me sirven para jubilar? y ¿Cómo averiguar cuantas semanas de imposiciones tengo?


Para responder a su inquietud usted debe dirigirse al Consulado de Chile más cercano a su domicilio y proporcionar los antecedentes previsionales en su poder, con el objeto de que sean remitidos al Departamento de Previsión, del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su posterior evaluación y consulta al organismo pertinente (INP).



Extranjeros en Chile

1.-¿Qué debo hacer para cambiar el tipo de visa que tengo?.
Verifique los requisitos de postulación en www.extranjeria.gob.cl

2.- ¿Dónde puedo realizar este trámite?
En la Región Metropolitana, este trámite se realiza a través del envío de una carta certificada al Clasificador 8, Santiago, dirigida al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. En las Gobernaciones Provinciales el trámite es presencial, previa reserva de cita en reservahora.extranjeria.gob.cl.

3.-¿Que debo hacer para pedir una prórroga de visa?
Las solicitudes de prórroga de visas se realizan con ClaveÚnica en el portal tramites.extranjeria.gob.cl para la Región Metropolitana y presencialmente en las oficinas de Extranjería en las Gobernaciones Provinciales (excepto Antofagasta), previa reserva de cita en reservahora.extranjeria.gob.cl. Verifique los requisitos en www.extranjeria.gob.cl.

4.-¿Qué debe realizarse para cambiar el status migratorio (cambio de visa)?
En la Región Metropolitana, este trámite se realiza a través del envío de una carta certificada al Clasificador 8, Santiago, dirigida al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. En las Gobernaciones Provinciales (excepto Antofagasta) el trámite es presencial, previa reserva de cita en reservahora.extranjeria.gob.cl. Verifique los requisitos en www.extranjeria.gob.cl.


5.-¿Qué debe hacer si Ud. es empleador de un extranjero cuando cesan las funciones y tiene visa sujeta a contrato?.
Debe comunicarlo por escrito firmado ante notario y presentar dos copias a la autoridad competente, en un plazo de 15 días hábiles. Todo Finiquito o Anulación de contrato deberá venir acompañado de una fotocopia del Pasaporte o documento de identificación del trabajador. Para los casos en los que se presenta un Finiquito de Trabajo, este debe ser en original, firmado y legalizado por ambas firmas ante notario (empleador y trabajador). Si es copia del Finiquito de Trabajo, esta de ser copia fiel del original ante notario. En materia laboral, las responsabilidades son las mismas que para cualquier trabajador chileno.

Debe acudir personalmente a la oficina respectiva de Extranjería. Sin embargo, no debe esperar turno de atención ni realizar la fila de espera: basta con que deposite la documentación en la oficina de partes.

6.-¿Qué debo hacer para obtener cédula de identidad si soy extranjero?
Lo primero que debe hacer es concurrir a Policía de Investigaciones de Chile, ubicado en calle Morandé N° 672 (teléfono 02 - 680 9110) a retirar el Certificado de Registro de Extranjero, acompañar pasaporte y tarjeta migratoria.

Luego debe concurrir con el pasaporte, al Servicio de Registro Civil e Identificaciones más cercano a su domicilio.

 

Extranjeros en el exterior

1.- ¿Cuáles son los países cuyos nacionales no requieren visa para ingresar a Chile?
Esta información la encuentra en el Cuadro de Visaciones

2.- ¿Qué debo hacer para solicitar visa para visitar Chile?.
Los extranjeros que desean ingresar al país como turistas o como residentes sujeto a contrato, estudiante o residencia temporaria, deben solicitar su visa en el consulado de chile en el exterior.

3.- ¿Cuántos tipos de visa existen para entrar al país y cual son sus requisitos?.
Las visas a extranjeros sólo se tramitan en los Consulados de Chile en el exterior.

Los tipos de visas son cuatro:

a) Residente sujeto a contrato, se otorga a los extranjeros que viajen al país con el objeto de dar cumplimiento a un contrato de trabajo con una empresa cuyo domicilio legal se encuentra en Chile, la que se puede solicitar en el Consulado del país donde reside, presentando los siguientes documentos:

  • Carta solicitud. Dirigida al señor Director de Política Consular, en la cual se debe identificar al beneficiario y los dependientes que lo acompañan. Debe señalar el motivo de la contratación y la actividad especifica que va a realizar el extranjero. Indicar además por cuanto tiempo viene contratado y en que Consulado Chileno estampará su visa.

 

  • Contrato de trabajo. Debe venir conforme a lo estipulado en el art.N° 37 Reglamento de Extranjería y firmado por ambas partes o al menos por el empleador ante notario público, conteniendo a lo menos:
  • Obligaciones del empleador de retener e ingresar a las arcas fiscales el monto correspondiente al impuesto a la renta con relación a la remuneración pagada.
  • Señalar sistema de previsión del trabajador y obligación de efectuar las cotizaciones previsionales y de salud.
  • Compromiso del empleador de cancelar el pasaje de regreso al país de origen del contratado y de sus dependientes al término del respectivo contrato.


Si el contrato de trabajo esta firmado solo por la parte empleadora, una vez aprobada la visa sujeta a contrato, debe remitirlo al empleado, previa legalización en el Ministerio de Justicia y Ministerio de Relaciones Exteriores, para que lo firme ante el Cónsul de Chile, quien hará de Ministro de Fe.

  • Curriculum vitae del extranjero (no exigible en el caso de asesoras del hogar)
  • Extracto sociedad empresa contratante
  • Declaración de impuesto (tres últimos meses)
  • Fotocopias planillas imposiciones (tres últimos meses)

Documentación que debe presentar ante el Consulado de Chile al momento de retirar la visa

  • Pasaporte vigente
  • Certificado de antecedentes personales
  • Certificado de salud (libre de enfermedades infecto contagiosas)
  • 4 fotos tamaño pasaporte
  • Contrato de trabajo, en caso de no estar suscrito por el trabajador extranjero

Importante:


El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados, no compromete al Departamento de Inmigración respecto del otorgamiento de la visa solicitada.

Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.

b) Residente Temporario Se otorga al extranjero que tenga el propósito de radicarse en Chile por tener vínculos de familia (a los padres, cónyuge e hijos de extranjeros residentes) o intereses en el país.

  • Carta solicitud: Dirigida al señor Director de Política Consular, en la cual se debe identificar el solicitante de la visa, señalar el motivo del avencindamiento en chile. Debe acreditar solvencia económica o medios económicos que le permita residir sin carga social para el país. Debe señalar en que Consulado de Chile se estampara la visa.
  • Certificado de parentesco: Matrimonio y/o nacimiento que compruebe el vínculo familiarcon el solitante).
  • Certificado solvencia económica.
  • Fotocopia de Pasaporte del extranjero
  • Otros documentos (que el solicitante considere respaldar el motivo por el cual se está solicitando visa de residencia temporaria)


A continuación se señala la documentación que debe presentar el extranjero ante el Consulado de Chile, al momento de retirar la visa:

  • Pasaporte vigente
  • Certificado de antecedentes personales
  • Certificado de salud (libre de enfermedades infecto contagiosas)
  • 4 fotos tamaño pasaporte

Importante:

El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados, no compromete al Departamento de Inmigración respecto del otorgamiento de la visa solicitada.

Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.

c) Residente Estudiante, se otorga al extranjero que viaje a Chile con el objeto de realizar estudios como alumno regular en establecimientos del estado o particulares reconocidos por este, acreditando su correspondiente matricula y se pueden solicitar directamente en los Consulados de Chile.

d) Turismo, Se otorga a los extranjeros que desean ingresar a Chile con fines de recreo, deportivos, de salud, de gestiones de negocios u otro motivo, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividad remunerada y son solicitadas directamente en los Consulados de Chile.

4.- ¿Cómo se tramita una visa para artista que viene a trabajar a Chile?
Si el extranjero requiere visa de turismo para ingresar a Chile, debe solicitarla en el Consulado de Chile del lugar de procedencia. El Representante o Productor artístico debe solicitar un permiso de trabajo, en el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, Agustinas N° 1235, teléfono 5502400, Santiago.

5.- ¿Cuál es el procedimiento para tramitar una visa para visitar Chile y en el país que resido no existe representación Consular Chilena?.
Las visas obligadamente las otorgan los Consulados de Chile en el exterior, en el caso de que no exista representación Consular en su país de residencia, usted deberá gestionar su visa en aquel país, más cercano a su residencia, donde exista que tenga Representación Consular de Chile.