Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile-Perú
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El 24 de enero de 2013, en Santiago, los Ministros de Relaciones Exteriores de Chile y Perú, adoptaron una Declaración Conjunta en la que entre otros considerandos reafirmaron la voluntad de ambos gobiernos de trabajar coordinadamente e impulsar una serie de iniciativas dirigidas a profundizar la colaboración en diversos ámbitos de interés común.

En el párrafo 8 de la Declaración se comprometieron a explorar la posibilidad de iniciar estudios para suscribir un Acuerdo de Cooperación Ambiental que permita fortalecer la cooperación bilateral existente.

En conformidad a lo anterior, en febrero de 2013, la Dirección de Medio Ambiente y Asuntos Oceánicos del Ministerio de Relaciones Exteriores (DIMA) elaboró un proyecto de Acuerdo de Cooperación Ambiental, de carácter amplio, para que cualquiera iniciativa sobre cualquier aspecto ambiental pudiera ampararse en él, y concretarse en una actividad de cooperación ambiental.

La propuesta de Acuerdo fue aceptada por Perú con ligeras modificaciones. Fue suscrito en Lima el 10 de diciembre de 2014, en el contexto de la visita de la Presidenta Bachelet a la COP20 sobre cambio climático que tuvo se sede en la capital peruana. El Acuerdo entró en vigor el 31 de agosto de 2015, de conformidad al Artículo VII, párrafo 1. Se trató de un paso particularmente positivo en el fortalecimiento de las relaciones bilaterales y de un instrumento para el cual se están realizando gestiones para su implementación.

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